El Salario Social Básico es una prestación económica periódica, diferencial, complementaria y subsidiaria de cualquier otro tipo de recursos, derechos, rendimientos de bienes y prestaciones sociales económicas previstas en la legislación vigente, dirigida a personas que carezcan de recursos económicos suficientes para cubrir sus necesidades básicas, sobre la base de la unidad económica de convivencia independiente.
Se otorga exclusivamente a los fines alimenticios establecidos en el artículo 142 del Código Civil, indispensables para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica, educación e instrucción alimentista.
Su percepción está condicionada a la suscripción de un programa personalizado de incorporación social en el que se establecerán acciones destinadas a la incorporación social, en el ámbito psico-social y de convivencia personal, educativo-formativa, socio-sanitario y de inserción laboral.